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Seguros adaptados a las necesidades de tu negocio.

Seguros médicos para pymes y autónomos adaptados a tus necesidades

En SALUS ofrecemos una amplia gama de seguros adaptados a las necesidades de tu negocio.

Nuestros seguros de salud ponen a disposición de nuestros asegurados un amplio cuadro médico, incluyen grandes coberturas, y ofrecen beneficios fiscales tanto para el trabajador como para la empresa.

Conoce nuestros seguros para pymes y autónomos

Descubre nuestra gama de seguros adaptados a todas tus necesidades con exclusivas condiciones al contratarlos.

Salus Esencial

Seguro de cobertura ambulatoria, con asistencia primaria, consultas con especialistas, medios de diagnóstico, tratamiento rehabilitador...

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20

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Salus Premium

Diseñado para tener una amplia cobertura médica, que incluye medios de diagnóstico de alta tecnología, métodos terapéuticos, hospitalización e intervenciones quirúrgicas...

Desde

28

'33

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Salus Excellent

Las coberturas más avanzadas se unen a las garantías convencionales, obteniendo de esa forma nuestro producto más completo e innovador

Desde

37

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Salus Global Health

El seguro médico para extranjeros residentes en España que cumple con todos los requisitos que exige la legislación actual.

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Salus Dental

Con Salus Dental podrá acceder a una asistencia bucodental, con los mejores servicios franquiciados y un servicio de calidad a un precio muy competitivos

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Beneficios fiscales

Para Salus, tú eres lo más importante

Para trabajadores autónomos

Los profesionales dados de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) y su familia directa (cónyuge e hijos de hasta 25 años) tienen la posibilidad de deducir hasta 500 € por persona y año, siempre y cuando tributen por estimación directa.

Del mismo modo, puede deducir el 100% de las primas satisfechas a favor de sus empleados, con el límite de 500 € anuales por cada uno de ellos.

Para empresas

  • Beneficios para la empresa: el gasto abonado por la empresa en concepto de seguro médico para sus empleados se podrá deducir el 100% como gasto social en la declaración del impuesto de sociedades.

  • Beneficios para sus empleados: no tendrán consideración de rendimientos en especie, las primas satisfechas por la empresa a entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedad de los empleados, su cónyuge o descendientes, que no excedan de 500 € por persona, constituyendo, por tanto, el exceso una retribución en especie según lo dispuesto en el Art. 44 del Reglamento del IRPF.

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*son campos obligatorios, en el caso de no facilitarlos los mismos, no podremos ponernos en contacto con usted”.